En este caso, por demanda de otros comuneros de la comunidad de propietarios, fueron condenados en primera instancia los propietarios de una vivienda que habían instalado en la terraza una pérgola.
La sentencia de primera instancia, que condenó a los demandados a la retirada de la pérgola y al restablecimiento de la fachada a su estado anterior, fue confirmada por la Audiencia Provincial.
EXTRACTO DE LA SENTENCIA:
Del simple examen del reportaje fotográfico (folio 55) aportado junto con el informe del señor Jesús Ángel , y el aportado junto con el informe Don Ceferino (folio 231), se aprecia que efectivamente la pérgola instalada altera la configuración exterior del edificio e incluso afecta a las viviendas inmediatas superiores en cuanto que trepando por su armazón se facilita el acceso a las citadas viviendas, siendo de señalar que el informe pericial traído por la demandada (documento número cinco, folio 229) junto con su contestación, omite toda referencia a si la instalación realizada altera, o no, la configuración exterior del edificio o si afecta a la seguridad de las viviendas inmediatas superiores.
[…] En apoyo de los razonado en la sentencia dictada en la instancia para decidir la retirada del cerramiento, hemos de decir que la utilización de elementos desmontables en nada obsta en cuanto que lo relevante es su incidencia en la apariencia externa del inmueble y el carácter modificativo de su configuración exterior desde el punto de vista visual, en cuanto que varía o altera su uniformidad, siendo lo relevante a efectos de los razonado la condición de permanencia que pretende otorgarse a la instalación, con independencia de que se encuentre unida, o no, a la fachada, pues se pretende realizar, y de hecho se ha ejecutado, una instalación duradera y no coyuntural, no existiendo la menor duda de que si bien la instalación se realiza en una terraza de carácter privativo (no común), afecta claramente a un elemento común cual es la configuración exterior del edificio, y también a las viviendas situadas en la planta segunda.